Categoría: Derecho y propiedad

Usufructo

Derecho real que permite usar y disfrutar un inmueble ajeno con la obligación de conservarlo, conservando el propietario la nuda propiedad.

En Paraguay el usufructo está regulado por los artículos 2235 y siguientes del Código Civil. Separa la propiedad en dos partes: la nuda propiedad (que conserva el dueño) y el usufructo (uso y goce, que se transfiere al usufructuario). El usufructuario puede vivir en el inmueble, alquilarlo y percibir sus frutos, pero no puede venderlo ni alterar su esencia. Se extingue al fallecimiento del usufructuario, al vencimiento del plazo pactado, o por renuncia. Es frecuente en planificación sucesoria: padres ceden la nuda propiedad a los hijos pero conservan el usufructo de por vida.

Ejemplo

Una madre transfiere la nuda propiedad de su casa en Asunción a sus hijos pero mantiene el usufructo vitalicio. Puede seguir viviendo allí o alquilarla y cobrar los alquileres hasta su fallecimiento, momento en que los hijos consolidan la propiedad plena.

Fuentes

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