Categoría: Derecho y propiedad
Derecho real de habitación
Derecho real personalísimo e indivisible que permite a una persona ocupar una vivienda ajena para sí y su familia, sin poder alquilarla ni transferirla.
Última actualización:
Regulado por los artículos 2278 a 2280 del Código Civil paraguayo. A diferencia del usufructo, es más restrictivo: el habitador solo puede usar el inmueble como vivienda para sí mismo y los miembros de su familia, no puede alquilarlo ni ceder el derecho a terceros, y termina con su muerte. Se utiliza frecuentemente para garantizar vivienda a un familiar (por ejemplo, a un cónyuge viudo) sin transferirle la propiedad. A nivel de planificación sucesoria es una alternativa más conservadora que el usufructo.
Ejemplo
Un viudo recibe por testamento el derecho real de habitación vitalicio sobre la casa familiar. Puede vivir allí con su familia mientras viva, pero no puede alquilarla ni cederla; al fallecer, los herederos disponen del inmueble sin restricciones.
Fuentes
Términos relacionados
Usufructo
Derecho real que permite usar y disfrutar un inmueble ajeno con la obligación de conservarlo, conservando el propietario la nuda propiedad.
Dominio pleno
Forma de propiedad más completa sobre un inmueble: el titular puede usar, disfrutar y disponer libremente, sin desmembraciones como usufructo o anticresis.